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Mendoza: en lo que va de la pandemia imputaron a 7.500 infractores

Lo confirmó el ministro de Seguridad, Raúl Levrino. Es por violar el artículo 205 del Código Penal, que trata sobre el incumplimiento de las medidas sanitarias.

Sabado, 15 de Agosto de 2020

En un comienzo, allá por marzo, las restricciones eran casi absolutas: mínima circulación de colectivos, negocios cerrados, casi nadie en las calles. Pero estas medidas fueron flexibililzándose poco a poco, y con ello comenzó el movimiento en la Ciudad y departamentos aledaños. Resultado: muchos ciudadanos salieron de sus casas, entre ellos varios que no tenían permitido salir, o que no contaban con permisos expresos.

La primera medida que adoptó Mendoza fue la del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), para después pasar al Distanciamiento. Entre ambos momentos, según el ministro de Seguridad Raúl Levrino, se han labrado 7.500 actas de infracción contra individuos que no cumplían con estas medidas.

El artículo 205 del Código Penal lo dice claramente: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia". 

La llegada del Día del Niño, sumado al buen tiempo que se espera para este fin de semana largo encendió la luz roja en la cartera de Seguridad. Por eso, endurecerán controles en varios puntos de la provincia, y a pedido del gobernador Rodolfo Suarez se procederá a controlar exhaustivamente la circulación de personas y vehículos.

A tal efecto, y como explicó en la conferencia de prensa que brindó junto al subsecretario de Salud en la tarde del viernes, se dispondrá de 250 puestos operativos en los que estarán afectados más de 3.000 policías. Todos ellos ubicados en puntos clave.

Las reuniones familiares y sociales están terminantemente prohibidas, y a ello se le suma que cada persona debe salir teniendo en cuenta la terminación del número de su DNI. Además, se hizo hincapié en los horarios en los que se restringe la circulación, es decir, entre las 23:30 y las 5:30 del día siguiente.


Foto: gentileza Marcelo Carubín