Mendoza, de de

Argentina Economía

El Gobierno reglamentó un nuevo plus salarial para militares con títulos superiores: quiénes lo cobran

El Poder Ejecutivo oficializó la incorporación del suplemento por título para el personal de las Fuerzas Armadas.

Lunes, 20 de Julio de 2026
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El Gobierno oficializó una modificación en el régimen salarial del personal de las Fuerzas Armadas al reglamentar el nuevo suplemento por título, un adicional que beneficiará a los militares en actividad que posean títulos de educación superior relacionados con las tareas que desarrollan dentro de la institución. La medida fue establecida mediante el Decreto 610/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y actualiza la reglamentación de la Ley para el Personal Militar N° 19.101.

La nueva normativa tiene como finalidad adecuar la reglamentación vigente a las modificaciones introducidas previamente por el Decreto 473/2026, que amplió el alcance del beneficio. De esta manera, el suplemento por título pasa a integrar el conjunto de suplementos generales que forman parte de la remuneración del personal militar.

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y del ministro de Defensa, Carlos Alberto Presti, quienes impulsaron la actualización del régimen de haberes para incorporar este nuevo reconocimiento económico destinado al personal que haya alcanzado un determinado nivel de formación académica.

Personal de las Fuerzas Armadas cobrarán un plus salarial de suplemento por título

De acuerdo con la reglamentación, el beneficio estará dirigido a quienes acrediten títulos de educación superior que sean considerados de interés para las funciones que desempeñan dentro de cada fuerza. La evaluación sobre qué carreras o titulaciones cumplen con ese requisito no será uniforme para todo el sistema, sino que quedará en manos de los jefes de los Estados Mayores Generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

Cada autoridad determinará cuáles son los títulos compatibles con las responsabilidades y tareas propias de su personal, teniendo en cuenta la vinculación entre la formación académica obtenida y el servicio prestado dentro de la institución.

La norma también establece qué ocurrirá con aquellos militares que posean más de un título superior. En esos casos, el suplemento no será acumulativo: únicamente se reconocerá el correspondiente al título de mayor nivel académico, evitando así la percepción simultánea de varios adicionales por estudios diferentes.

En cuanto al momento en que comenzará a abonarse el beneficio, el decreto dispone que el suplemento será reconocido desde el primer día del mes siguiente a la presentación de la documentación respaldatoria ante la autoridad competente de cada una de las Fuerzas Armadas. Es decir, el pago no será retroactivo, sino que comenzará una vez finalizado el trámite administrativo de acreditación.

Además de incorporar este nuevo adicional, el Poder Ejecutivo modificó la forma en que se calculan determinados suplementos que integran la remuneración mensual del personal militar. A partir de esta actualización, la base de cálculo incluirá la suma de los conceptos correspondientes al sueldo, el suplemento por tiempo mínimo cumplido, el suplemento por grado máximo y, cuando corresponda, el nuevo suplemento por título.

La reglamentación también elimina una disposición anterior que contemplaba un suplemento por título universitario exclusivamente destinado al personal superior perteneciente al cuerpo profesional de las Fuerzas Armadas. Esa previsión quedó sin efecto como consecuencia de la ampliación del beneficio realizada por el Decreto 473/2026, que extendió el alcance del reconocimiento a un universo más amplio de efectivos.