Los usuarios que quieran mantener este beneficio deberán llenar el formulario con una declaración jurada para saber a qué categoría pertenecen a partir de los ingresos familiares.
Desde el viernes 15 de julio el Gobierno Nacional habilitó el formulario online y presencial para que los usuarios de luz y gas sepan si podrán recibir el subsidio a dichas tarifas. Este beneficio será percibido desde el 1 de agosto hasta fin de año y para saber quiénes integrarán el listado se realizaron tres categorías.
Según la Secretaria de Energía, hasta el domingo por la noche 500.823 usuarios completaron el formulario de manera online. Allí también indicaron que 263.059 inscriptos quedaron en el segmento de ingresos bajos, después otros 220.365 están dentro del sector de ingresos medios y, por último, 17.399 usuarios perderán los subsidios de forma gradual hasta fin de año ya que alcanzan a la categoría de mayores ingresos.
El mismo fue segmentado con la terminación del número de DNI para que la página no colapse. Entre el 15/07 al 19/07 podrán entrar los DNI de las personas que terminen en 0-1-2, desde el 20/07 al 22/07 tendrán lugar los números 3-4-5 y, por último, del 23/07 al 26/07 para los 6-7-8-9.
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El formulario tiene una declaración jurada la que debe completarse sin dar datos erróneos
Para las personas que no ingresaron en su debido tiempo, el formulario seguirá disponible hasta que julio finalice y todos aquellos que no respetaron su lugar según su DNI podrán hacerlo después del martes 26.
Los usuarios que integran el nivel “Alto” no podrán tener acceso al subsidio ya que sus ingresos están por encima de lo establecido que son $333 mil por mes. Para lo que estén en la categoría “Medio” percibirán dicho beneficio, pero en un porcentaje más reducido y para los del nivel “Social” el subsidio será del 100%.
El registro se encuentra en la página web oficial del Estado llamada “Segmentación Energética”: https://www.argentina.gob.ar/subsidios. También indicaron que el formulario se puede completar a través de la App “Mi Argentina” sección “trámites” o de manera presencial en las oficinas del ANSES.
Primero se debe completar la declaración jurada mencionada anteriormente, sin dar datos erróneos. Los ítems son:
Nombre
Apellido
DNI
Número de trámite
Género
Fecha de nacimiento
CUIL
Datos socioeconómicos
Situación laboral
Datos de contacto
Domicilio declarado por el usuario
Código postal
Relación con el domicilio
Datos del servicio de luz
Datos del servicio de gas
Datos del grupo conviviente
Allí mismo desde el gobierno señalan que todos aquellos usuarios que quieran tener subsidio realice dicho formulario ya que ahí podrán saber, a partir de los datos requeridos, si podrán continuar con el beneficio o no. Quienes no lo realicen perderán de manera efectiva el subsidio.
Esta segmentación durará hasta fin de año para ambas tarifas
Para constatar y corroborar quienes podrán percibir el subsidio se crearon tres categorías a las que hay que prestar sumamente atención:
Nivel 1: Alto
Aquí ningún usuario podrá tener acceso al beneficio ya que sus ingresos están por encima de lo establecido. Las tarifas de luz y gas deberán ser abonadas en su totalidad hasta fin de año.
Ingresos mensuales totales del hogar que superen los $333 mil pesos (el equivalente a 3,5 canastas básicas tipo 2 según el INDEC).
Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
Tres o más inmuebles.
Una o más aeronaves o embarcaciones de lujo.
Activos societarios que "exterioricen capacidad económica plena".
Nivel 2: Medio
Ingresos mensuales totales del hogar mayores a 1,5 pero menores a 3 canastas básicas tipo 2.
No tener más de 3 inmuebles.
No poseer 2 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
Tener un integrante con certificado de Vivienda Renabap (Registro Nacional de Barrios Populares).
Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado.
Tener un integrante que posea pensión vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o que posea certificado de discapacidad.
Nivel 3: Social
Ingresos mensuales totales del hogar equivalente a 1 canasta básica tipo 2 según el INDEC.
Tener menos de 2 inmuebles o no poseer ninguno.
No tener un vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
Los electrodependientes no deben completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí deben hacerlo para solicitar el de gas.
A los domicilios en los que funciona una entidad de bien público tampoco les corresponde hacer el trámite. En ese caso se puede solicitar la tarifa diferencial para entidades.