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Mendoza promulgo la ley que exige Ficha Limpia a profesores de deportes

La norma publicada en el Boletín Oficial modifica el esquema provincial e impide que personas con condenas por delitos graves o contra la integridad sexual trabajen con niños y adolescentes.

Martes, 20 de Octubre de 2026

El Poder Ejecutivo de Mendoza promulgó la Ley N° 9.729, que modifica la antigua normativa de Ordenamiento del Deporte y la Recreación. La actualización publicada este martes en el Boletín Oficial establece la exigencia de "Ficha Limpia" para profesionales y técnicos que trabajen con niños, niñas y adolescentes en la provincia.

La norma alcanza a profesores, entrenadores, instructores y monitores de clubes, polideportivos o escuelas deportivas. Para desempeñarse en estas instituciones deberán presentar de manera obligatoria el certificado del Registro Nacional de Reincidencia que acredite no poseer condenas, incluso en primera instancia o con ejecución en suspenso.

Tipificación de delitos y digitalización del registro

El requerimiento excluye del trabajo con menores a personas con antecedentes por delitos contra la integridad sexual, violencia, groomintg, trata de personas, privación de la libertad y facilitación de la prostitución infantil, entre otras faltas graves contempladas en el marco regulatorio.

En materia de gestión, la ley dispone el reemplazo del carnet físico por el Registro Único Deportivo (RUD) digital. Este sistema operará dentro de la plataforma estatal "Mendoza por Mí" bajo la órbita de la Subsecretaría de Deportes para mantener actualizados los legajos de personal e instituciones.

Además, la legislación reorganiza el Consejo Provincial del Deporte como órgano asesor consultivo y establece sanciones de al menos un año de inhabilitación para deportistas federados que incurran en faltas a la ética. Por último, la norma fija que las sanciones ascenderán a dos años si las cometen integrantes de delegaciones que no sean atletas.