A partir de esa fecha, los equipos de trabajo volverán a la presencialidad de manera progresiva y atendiendo a un estricto protocolo aprobado por el Comité Epidemiológico y con el consenso de autoridades de Facultades y Secretarías.
Sobre el final de un 2020 marcado por una pandemia global que promovió decisiones difíciles, como el aislamiento preventivo y obligatorio y el cese de la presencialidad en aulas y lugares de trabajo, la Universidad Nacional de Cuyo termina el año auspiciando la apertura progresiva y protocolizada de sus instalaciones.
A través de la Resolución 2100/20, el rector Daniel Pizzi ordenó el regreso a la presencialidad a partir del final del receso estival de la Casa de Estudios, el próximo 17 de febrero de 2021 y por un período máximo, en principio, de tres meses.
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El Rector basó la disposición en las recomendaciones emitidas por el Comité de Prevención Epidemiológica de la UNCUYO, que a fines de octubre fue ampliado precisamente para avanzar en este tipo de decisiones. Pero además, todo fue consensuado con autoridades de las diferentes Unidades Académicas, las distintas Secretarías y otras dependencias. También acordado en paritarias, con los distintos sectores involucrados.
Esto significa que delega en las facultades, institutos y organismos descentralizados, la planificación y acciones requeridas para retomar las actividades presenciales en toda la Universidad.
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Precisamente, en su artículo 1°, la Resolución establece que delega “en los/as Decanos/as de las Unidades Académicas, Directores/as de Institutos, Director General del DAMSU, Director General del Hospital Universitario, autoridades de los órganos descentralizados y desconcentrados de la Universidad y en Secretarios/as de las Secretarías dependientes del Rectorado, la competencia para planificar, decidir y ejecutar las acciones posibles conducentes a reanudar las actividades presenciales en sus respectivas jurisdicciones, pudiendo determinar. en cada caso. fechas y modalidades”.
De esta manera, la medida garantiza la autonomía de Decanatos y Secretarías para definir -siempre dentro del marco protocolar aprobado- las actividades que progresivamente volverán a la presencialidad.
Asimismo, en el caso de que sean necesarios protocolos “especiales”, para alguna determinada actividad, la resolución plantea que sea el propio Comité Epidemiológico el que las analice y haga las recomendaciones pertinentes, aunque siempre atendiendo a la decisión final de esas autoridades.
Por otro lado, siempre contemplando un ámbito de diálogo previo a la toma de decisiones sobre esta temática, quedará abierta la posibilidad de convocar a reuniones paritarias, tanto con el claustro docente como con el del personal de apoyo académico y de servicios. Esas instancias son las que propiciarán nuevas acciones, si se tornan necesarias.
Finalmente, si la situación de pandemia volviera a agravarse, el Rector conserva la potestad de volver a convocar al mencionado Comité, y, de ser necesario, de dar marcha atrás con esta decisión de apertura, siempre en base a las recomendaciones de los expertos y siguiendo las normativas nacionales y provinciales, como sucedió este año.