Mendoza, de de

Mendoza Polémica 

El poder judicial falló a favor del Ítem Aula y rechazó las protestas docentes 

El Máximo Tribunal determinó que los profesionales de la educación que adhirieron al paro no podrán cobrar el componente salarial. 

Jueves, 1 de Setiembre de 2022

La Suprema Corte de Justicia realizó dos fallos este jueves a favor de Ítem Aula y rechazó las protestas contra la determinación sobre los descuentos tras los días de paro, lideraos por el Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación (SUTE)


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El Máximo Tribunal desestimó tanto el reclamo del gremio que buscaba cobrar el ítem aula pese a no dar clases, como el deseo de percibir ese componente salarial por parte de un grupo de docentes que se plegó a un paro a fines de noviembre de 2017.

Si embargo, la decisión recibió votos divididos y reflejó la grieta dentro del Poder Judicial, ya que los jueces del ala peronista, Omar Palermo y Julio Gómez, votaron a favor del gremio, mientras que los jueces vinculados al oficialismo, José Valerio, Teresa Day y Pedro Llorente, rechazaron la demanda. 

En tanto, los jueces Dalmiro Garay y Mario Adaro no participaron, puesto que fueron recusados. Sus reemplazantes fueron Alejandra Orbelli y Silvina Miquel, que votaron en sintonía con el sector filoradical.

El gremio sostuvo que “la falta de percepción del ítem aula por el ejercicio de la representación o actividad sindical a quienes le corresponde su pago es inconstitucional e inconvencional”. Y agregó que “debió incluirse a los representantes gremiales en las situaciones de ausencias justificadas que previó la normativa, ya que de lo contrario, se desalienta a ocupar tales cargos ya que el ítem incide ampliamente en los salarios de los trabajadores”.


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Palermo avaló la postura del sindicato, y Gómez se sumó a la positiva. Uno de los argumentos fue que “la pérdida del derecho al ítem aula, por el ejercicio de las funciones sindicales, para aquellos trabajadores que les corresponde su percepción, es contraria” a tratados internacionales.

“Debe contemplarse en las excepciones el ejercicio legítimo del derecho a la representación sindical, de lo contrario, se desvirtúa el sentido del premio salarial, pasando el mismo a funcionar como un elemento de presión para desalentar a los trabajadores a ejercer sus derechos constitucionales”, agregó Palermo.

Por su parte, los jueces ligados al oficialismo declararon que “La decisión de declarar incluida la licencia gremial dentro de las excepciones del decreto 989/16 constituye un exceso de las facultades jurisdiccionales”.