Darío Jesús Chaves Rubio fue encontrado culpable por el jurado popular que los juzgó por el travesticido ocurrido en 2020.
Darío Jesús Chaves Rubio fue condenado a cadena perpetua por el travesticidio de Melody Barrera, ocurrido en agosto de 2020 en Guaymallén.
Un jurado popular halló culpable al policía por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, odio a la expresión de género, homicidio agravado por el uso del arma de fuego, por la condición de sujeto activo (su función), por la alevosía y el ensañamiento.
Por primera vez en la historia de Justicia mendocina se ventiló una sentencia por un travesticidio, que fue dictada por la jueza técnica Nancy Lecek.
Además, el fallo sentó un precedente, ya que los jueces de los hechos consideraron el agravante de la función, pese a que Chaves se encontraba de civil cuando cometió el hecho de sangre. Así, entendieron que el efectivo policial tiene esa condición durante las 24 horas y no sólo se limita a su horario laboral.
El fiscal en jefe de Homicidios del Ministerio Público Fiscal de Mendoza, Fernando Guzzo, pidió al jurado popular que declarase culpable a Chaves y afirmó que el acusado mató a su víctima "por la espalda, sin que ella pudiera defenderse" y que se trató de un "asesinato cruel".
Consideró que durante el juicio quedó acreditado que cometió "un travesticidio", que nunca se arrepintió y que su ataque contra Melody fue cometido con "alevosía y ensañamiento".
Luego, la fiscal Lazo recordó que la víctima, tras recibir la balacera "estuvo más de treinta minutos agonizando", con lo que justificó que el acusado Rubio "causó daño y sufrimiento" en Melody.
"Es un homicidio, por odio, prejuicio por la identidad e igualdad de género, porque no solo insultó cuando dijo trava de mierda, sino que tuvo una conducta violenta y se valió de la pistola proporcionada por la policía", dijo.
Por su parte, la abogada Viviana Beigel, quien representó como querellante a los familiares de la víctima también solicitó con firmeza al jurado popular que declare a Rubio culpable del homicidio con los agravantes del "travesticidio, por alevosía, ensañamiento y por ser miembro de una fuerza de seguridad".
Por su parte, la defensa del imputado, Pablo Cazaban, pidió al jurado popular analizar "las circunstancias" del crimen y que se considere que el policía rubio se "excedió en su legítima defensa".
"No queremos un hecho impune, pedimos que se lo declare culpable pero de un homicidio en exceso de defensa, agravado por el uso de arma de fuego", concluyó.
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"Arranco el auto, cruzo la Costanera y diviso a la chica que me había robado. Cuando me bajo del auto veo que saca un arma, me dispara, le doy una patada y cae el arma. Luego me agacho a tomar el arma, escucho un estruendo, pensé que me iba a matar, me levanto y disparo para repeler la agresión, tenía mucho miedo, no sé cuántas veces dispare", dijo el acusado Darío Jesús Chávez Rubio (34) al relatar su versión de los hechos.
El policía aseguró que "en ningún momento" sintió "odio con las personas trans" y se limitó a agregar: "Siento que me equivoqué".
El travesticidio ocurrió la madrugada del sábado 29 de agosto de 2020, cuando Melody recibió seis disparos de arma de fuego desde un vehículo en calle Correa Saa y Costanera, de Guaymallén, a pocos metros del límite con la capital mendocina.
En un sector donde se produjo el hecho se encontraron varias vainas servidas de calibre 9 milímetros y posteriormente la pericia balística realizada sobre la pistola de Chaves determinó que los proyectiles y las vainas eran coincidentes.
Por su parte, el imputado quedó detenido el 17 de septiembre del 2020 en la dependencia donde se desempeñaba y llegó preso al debate como acusado de "homicidio agravado por el uso de arma de fuego, por odio de género o a la orientación sexual (travesticidio), por la función de policía, ensañamiento y alevosía", el cual prevé la pena de prisión perpetua.