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Alivio para Mendoza: mantienen beneficios del gas por Zona Fría

En la pulseada de negociaciones por la Ley Ómnibus se logró quitar el artículo que retiraba un beneficio para los usuarios de gas

Jueves, 1 de Febrero de 2024
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En el inicio de la extensa sesión del Congreso para debatir la Ley Ómnibus, el secretario parlamentario de la Cámara de Diputados, Tomás Figueroa, destacó que uno de los ajustes realizados al dictamen de mayoría beneficia significativamente a la provincia de Mendoza.

Este martes, se confirmó la eliminación del artículo relacionado con la Ley de Zona Fría, asegurando así la continuidad de los beneficios de dicha normativa para Mendoza.

La modificación generó un ambiente de alivio entre los representantes de Mendoza, La Pampa, Buenos Aires y la Patagonia.

El artículo 292, que otorgaba facultades para alterar los fondos fiduciarios de zonas frías para usuarios residenciales de gas, fue removido. La senadora Anabel Fernández Sagasti (PJ) resaltó que más de 400,000 mendocinos se verían beneficiados con esta medida.

Anteriormente, dicho artículo facultaba al Poder Ejecutivo Nacional a intervenir en los fondos fiduciarios del sector energético, incluso aquellos destinados a subsidios, con el objetivo de mejorar la asignación eficiente de recursos y controlar su implementación.

La eliminación de este artículo asegura la preservación de los beneficios por zona fría, evitando que las tarifas para los usuarios residenciales de gas en Mendoza se disparen, lo que habría resultado en facturas impagables para muchas familias.

Otras modificaciones

Además de este cambio, se realizaron otras modificaciones al dictamen de mayoría de la Ley Ómnibus. Entre ellas, se eliminó la aclaración sobre el plazo de vigencia del impuesto PAIS, cuya continuidad será objeto de negociación con los gobernadores.

Asimismo, se retiraron los artículos que alteraban el financiamiento de las leyes de Bosques Nativos y Glaciares, proporcionando alivio a las organizaciones ambientalistas.

La supresión del artículo 303 excluyó las multas máximas como sanción para organizadores de manifestaciones sociales, anulando las sanciones más severas.

La eliminación del artículo 311 también revoca las sanciones por la vulneración de derechos a terceros durante reuniones o manifestaciones sociales.

Estos cambios representan una serie de ajustes significativos que han generado reacciones positivas tanto en los representantes provinciales como en las organizaciones civiles.