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El Gobierno provincial busca fortalecer la asignación de recursos para Educación

El Ejecutivo provincial envió ambos proyectos a la Legislatura. Se trata de una modificación al régimen de extinción de dominio y la creación del Fondo Permanente de Infraestructura Escolar.

Jueves, 21 de Marzo de 2024

La modificación del régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio es una norma que está integrada dentro del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la provincia. Tiene como objetivo una mayor eficacia en su implementación. 

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Además, les otorga a los jueces una herramienta para que los bienes fruto de la corrupción sean entregados al Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE para beneficio de los niños y niñas que concurren a instituciones estatales.

Con esta nueva disposición se apuesta a reforzar la lucha contra estos ilícitos. Se establece que, cuando una persona es acusada durante un juicio civil, tendrá que demostrar el origen legítimo del dinero utilizado para adquirir determinados bienes. Si esto no sucede, esos bienes quedarán en poder del Estado de manera más rápida.

De esta forma, mediante una resolución fundada del magistrado y cumpliendo algunos requisitos, el Gobernador Alfredo Cornejo propone la entrega directa del bien sobre el cual se ha extinguido el dominio a la DGE, que “en un plazo de 90 días hábiles deberá informar al Tribunal el destino final de cada uno de los bienes”.

Este proceso civil de extinción de dominio se fundó hace seis años como una herramienta contra la corrupción que tiene dentro de sus objetivos, además de la celeridad y la oralidad, centrarse en los bienes producto del delito.

La Ley 9151 y su aplicación distingue a Mendoza del resto del país, ya que era muy difícil recuperar estos bienes, por lo que los imputados y condenados podían seguir usufructuando de ellos hasta que hubiera una sentencia penal firme, proceso que podía llevar podría llevar décadas. Por eso, se busca protegerlos y cuidarlos para que no se deterioren o pierdan su valor económico y puedan ser utilizados para actividades educativas.

Ley de creación del Fondo Permanente de Infraestructura Escolar

Esta iniciativa propone la creación del Fondo Escolar Permanente. según lo establecido en el artículo 212 inciso 11 de la Constitución de la Provincia de Mendoza

Plantea además la implementación de un proceso eficaz y ágil de venta de bienes inmuebles y muebles, así como de fondos y activos financieros derivados de herencias vacantes, situación que se produce cuando una persona fallece y no hay herederos.

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Estos bienes serán exclusivamente utilizados para generar recursos que deben ser destinados a la adquisición de terrenos, construcción, reparación, mantenimiento y equipamiento de edificios escolares. El fin es garantizar una asignación específica y estratégica de las rentas buscando fortalecer la infraestructura educativa en la provincia.

El gobierno escolar, articulando medidas de acción concretas y sistemáticas, ha procedido a la recuperación de una gran cantidad de bienes inmuebles que se encontraban usurpados de manera ilegal o en estado de abandono. Con este proyecto se apunta a un procedimiento de venta que sea ágil, eficiente y que facilite la operación sin dilaciones innecesarias.

Precisamente la obtención de fondos permitirá no solo financiar obras de infraestructura y equipamiento estratégico, sino también hacer frente a posibles emergencias o necesidades inesperadas. Este enfoque estratégico contribuirá significativamente a la mejora operativa y logística, impactando positivamente en la calidad general del sistema educativo de Mendoza.

Ambas herramientas enviadas por el Gobernador Alfredo Cornejo garantizan una asignación específica y estratégica de recursos para la mejora continua de la Educación en la provincia.