Alfredo Cornejo promulgó la ley que endurece las sanciones para los conductores que conduzcan bajo los efectos del alcohol.
A través del decreto 1.328, publicado este lunes en el Boletín Oficial, se formalizaron las modificaciones a la Ley de Tránsito.
En esta norma se habilita a los agentes de tránsito de los municipios y de la Dirección de Seguridad Vial a acceder, mediante la toma de huellas dactilares, a información precisa que permita determinar si el conductor posee causas por manejar bajo los efectos del alcohol.
En tanto, en el caso de que se realice el control de alcoholemia, y el conductor no sólo de positivo, sino que sea reincidente en la falta, se incrementa la sanción de inhabilitación hasta por un periodo de 365 días.
Además, el juez podrá "disponer fundadamente la necesidad de concurrencia del infractor a cursos de capacitación, prevención y/o conducción responsable".
En tanto, habilita a los autos que sean retenidos por más de dos meses por ser conducidos por conductores ebrios, podrán ser "utilizados "irrevocablemente cedidos" por los municipios o al Ministerio de Seguridad, quienes decidirán si el rodado se compacta o se le da otro fin.
Esta modificación es una de las tres que envió el Ejecutivo a la Legislatura para reforzar las sanciones contra los conductores borrachos.
El pasado 19 de junio se sancionó la la ley de Recupero de las Prestaciones de Salud a conductores alcoholizados, la cual contó con el apoyo de manera unánime en ambas cámaras.
Esta medida obliga a que los conductores que sufran accidentes y hayan arrojado alcoholemia positiva deban pagar los costos médicos que surjan en la atención en efectores públicos. Según algunas estimaciones en casos graves, donde el paciente debe estar en terapia intensiva, incluyendo medicamentos y gastos en recursos humanos le cuesta a la provincia cerca de 15 millones de pesos por semana.
Finalmente, la única que aun no se promulgó es la ley que introduce cambios al Código Contravencional, que impone nuevas multas a los conductores que circulen en estado de ebriedad.
Según la ley, los conductores que conduzcan una alcoholemia igual o superior a un gramo por litro de sangre será sancionado con multa desde los $508.000 hasta $1.397.000, o el arresto de hasta 120 días, e inhabilitación como accesoria en todos los casos para conducir vehículos desde 90 hasta 545 días.