Será a partir del 10 de febrero de 2025. En el sitio del Ministerio de Seguridad y Justicia se encuentra disponible el Manual de Usuario de Abogados y la normativa aplicable para su implementación.
Conforme al Decreto Reglamentario 123 y sus anexos, publicado en el Boletín Oficial el 31 de enero de 2025, la Oficina de Conciliación Civil y Comercial entrará en funcionamiento en la provincia de Mendoza a partir del 10 de febrero de 2025.
Para más información, se puede acceder al sitio del Ministerio de Seguridad y Justicia, hacer clic en el ícono Justicia y, luego, en Oficina de Conciliación Civil y Comercial. Allí se encuentra disponible el Manual de Usuario de Abogados del Sistema de Gestión Electrónica de Conciliación, que detalla su funcionamiento.
Asimismo, en el mismo apartado están disponibles la Ley 9388 y el Decreto Reglamentario 123, que establecen las materias sujetas a la instancia de Conciliación Prejudicial obligatoria.
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