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Nuevo tope para los reintegros de luz: la resolución que define cuánto cobrarán los usuarios por errores de facturación

Nuevo tope para los reintegros de luz: la resolución que define cuánto cobrarán los usuarios por errores de facturación

Miercoles, 4 de Marzo de 2026

El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) oficializó este miércoles la Resolución 35, una normativa que redefine cómo se calcularán los intereses cuando una distribuidora facture importes en exceso. 

La decisión surge tras una serie de reclamos administrativos presentados por EDEMSA, EDESTE y la Cooperativa Eléctrica de Godoy Cruz, quienes cuestionaban el criterio de acumulación de intereses que el organismo venía aplicando.

El nuevo parámetro de referencia para las facturas

A pesar del reclamo empresarial, el EPRE ratificó que las prestatarias deben seguir devolviendo las sumas mal cobradas con un recargo del 20% más intereses compensatorios. Sin embargo, la novedad radica en la introducción de un tope cuantitativo: el monto total de los intereses no podrá superar el 50% de la tasa legal vigente aplicada sobre el capital base a tarifa actualizada. Según el organismo, este ajuste contempla la compleja situación macroeconómica actual sin desproteger al usuario mendocino.

Esta adecuación técnica busca evitar que los montos de reintegro se vuelvan impagables para las distribuidoras en contextos de alta inflación, pero manteniendo el principio de reparación plena. Un punto clave de la resolución es su aplicación simétrica: este mismo límite del 50% deberá ser respetado por las empresas cuando cobren intereses por mora o recupero de montos a sus clientes. El EPRE realizará una revisión anual de este régimen para asegurar que las variables económicas no distorsionen el equilibrio entre las concesionarias y el derecho constitucional de los ciudadanos a un servicio justo.