El municipio modificó la ordenanza vigente y endureció las sanciones para los conductores. Enterate en qué casos la grúa podrá secuestrar tu vehículo y trasladarlo al depósito municipal.
La Municipalidad de Godoy Cruz modificó la ordenanza que regula el sistema de Estacionamiento Medido Arancelado para precisar las infracciones y adecuar la normativa local a la Ley Provincial de Seguridad Vial N° 9024.
La nueva Ordenanza N° 7519, publicada este martes en el Boletín Oficial, establece de manera expresa que será considerada una falta estacionar, permanecer o retirarse sin abonar el período correspondiente, explicitando las consecuencias jurídicas de este incumplimiento.
El cambio más importante y drástico radica en la permanencia de los rodados en infracción. A partir de ahora, una vez transcurridas tres horas desde la constatación de la falta, el municipio estará habilitado para remover el vehículo mediante una grúa y trasladarlo directamente a la playa de secuestros o depósito municipal. Para garantizar la legalidad del procedimiento, los agentes de tránsito podrán documentar la infracción mediante fotografías o filmaciones donde conste el dominio, el día, la hora y la falta cometida.
Los antecedentes de cada caso serán remitidos de forma inmediata a los Juzgados Viales y de Faltas Municipales. La normativa dispone que los automóviles permanecerán retenidos en el depósito hasta que los propietarios abonan el servicio de acarreo, la estadía y la multa correspondiente. Por otra parte, la actualización mantiene la prohibición absoluta de estacionar sobre veredas y sectores destinados al tránsito peatonal, aunque conserva la histórica excepción para motos y bicimotos, siempre y cuando no obstaculicen la circulación de los peatones en la vía pública.