El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.605 que establece la creación de un Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes Fortunas. Qué es lo que busca y la publicación del Boletín Oficial.
El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.605 que establece la creación de un Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes Fortunas "con carácter de emergencia y por única vez", a fin de "morigerar los efectos de la pandemia" de coronavirus.
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La norma fue sancionada el 4 de diciembre pasado; y su entrada en vigencia se oficializó mediante la publicación del Decreto 1024/2020 en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
La ley prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos, lo que abarcará a 12 mil contribuyentes.
Alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, según indica la ley.
En tanto, los que vivan en el exterior, pagarán por la totalidad de sus bienes en la Argentina.