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Pasajes por discapacidad: Nación eliminó los subsidios a micros de larga distancia pero sigue la gratuidad

Desde la Secretaría de Transporte aclararon que el derecho al beneficio sigue plenamente vigente por ley y que las compañías deberán absorber los costos tras la desregulación del sector.

Martes, 26 de Mayo de 2026

El Gobierno nacional eliminó formalmente las compensaciones económicas y subsidios estatales que pagaba a las empresas de colectivos de larga distancia en concepto de los pasajes gratuitos otorgados a personas con discapacidad. La medida, que fue publicada de manera oficial en el Boletín Oficial, deroga de forma definitiva el esquema de financiamiento público que se encontraba vigente desde el año 2018. Sin embargo, ante la lógica preocupación de los usuarios, las autoridades de la Secretaría de Transporte de la Nación salieron a aclarar de forma inmediata que esta decisión administrativa no suprime bajo ningún punto de vista el derecho a la gratuidad de los pasajes para los beneficiarios.

Desregulación del sector de transporte y el rol de fiscalización de la CNRT

De acuerdo con los argumentos técnicos expuestos en los considerandos de la nueva normativa, el esquema de subsidios que se venía aplicando había sido diseñado originalmente en un contexto de fuerte intervención estatal, caracterizado por tarifas reguladas que limitaban la fijación libre de precios por parte de las prestatarias. Las autoridades señalaron que, tras la aprobación del nuevo marco regulatorio a finales de 2024 que otorgó plena libertad tarifaria para determinar recorridos, frecuencias, horarios y precios, las empresas privadas cuentan ahora con la capacidad comercial suficiente para internalizar estos costos operativos dentro de su propia ecuación económico-financiera.

A pesar de la quita del financiamiento que recibían los operadores privados de transporte, el texto de la resolución subraya de forma taxativa que la medida no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad contemplado y respaldado en las leyes nacionales 22.431, 26.928 y 27.674. En consecuencia, el beneficio de traslado gratuito para las personas con discapacidad, pacientes trasplantados o que se encuentren actualmente en lista de espera, y menores de edad bajo tratamiento oncológico permanece plenamente vigente en todo el territorio de la República Argentina y continúa representando una obligación legal estrictamente exigible para las firmas transportistas.

Con el objetivo de fiscalizar la prestación efectiva del servicio y evitar cualquier tipo de irregularidad o maniobra de rechazo en las ventanillas de atención, la Secretaría de Transporte de la Nación encomendó de manera directa a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) el mantenimiento estricto de todos los procedimientos de control de rutina pertinentes. Este organismo descentralizado será el encargado exclusivo de auditar las boleterías de las terminales y garantizar que las compañías de micros de larga distancia den efectivo cumplimiento a la emisión obligatoria de los pasajes gratuitos bajo este nuevo escenario de desregulación.