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Argentina En Aurora 91.3

Apertura "limitada" del paso Cristo Redentor: quiénes pueden viajar y qué necesitan

El Gobierno nacional autorizó la apertura de la frontera con Chile para quienes tengan familiares directos en Argentina. 

Lunes, 30 de Noviembre de 2020

A pesar que Mendoza reclama apertura total, el Gobierno nacional autorizó la apertura de la frontera con Chile sólo para el ingreso de extranjeros que tengan familiares directos en Argentina. Será a través del paso Cristo Redentor, previa documentación que acredite que no existe una intención real de una apertura de fronteras. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, aclara que es solo para aquellas personas que necesiten entrar “transitoriamente” y “por razones de necesidad”.

Juan Manuel Serrano, Delegado de Migraciones en Mendoza, explicó en diálogo con Aurora 91.3: “Es una medida que rige no solamente para el paso Cristo Redentor, sino también el ingreso de extranjeros que tengan familiares argentinos en distintos puntos del país. Viene a dar respuesta a una necesidad que se planteaba de manera recurrente con extranjeros que tienen familiares argentinos o que estaban radicados aquí y necesitan vincularse con sus familias. Cada una de estas situaciones se trataba de manera excepcional, esto genera una especie de protocolo como para que no sea necesario recurrir a excepciones, darles un marco para que puedan ingresar presentando la documentación especificada en la disposición”.

“La idea es empezar a flexibilizar. Ya tenemos una experiencia piloto en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza que rige para el Área Metropolitana de Buenos Aires. Esa experiencia ha dado buenos resultados y la idea es extenderla. Estará sujeto a la situación epidemiológica y sobre todo a las propuestas de solicitudes de cada provincia”, señaló en Buenos días, Aurora. 

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Además, indicó que “hay que establecer una fecha de egreso. Para cualquier situación el tiempo máximo en la Ley de Migraciones es de 3 meses”.

“En Chile ya existía una reglamentación con características similares a esta, permitía a aquellos argentinos que tienen hijos o padres o cónyuges que viven en Chile, viajar al país. Esa situación ya existía”, manifestó Serrano.

Y añadió: “En el transcurso del tiempo iremos haciendo algunas aclaraciones, hay que tener en cuenta que esto es muy reciente. En la práctica iremos evaluando algunas situaciones particulares, pero es para madre, padre, hijo o cónyuge/unión convivencial. No se puede hacer por motivos de turismo, generalmente tiene que ver con casos de reunificación familiar. Se han dado un montón de historias a lo largo de esta cuarentena”.

“El objetivo es empezar un proceso de reapertura de frontera pero siendo muy precavidos”, cerró.

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Requisitos:

Los interesados deberán completar la "Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional" aprobada por la Disposición DNM N° 3025 del 1° de septiembre de 2020 y disponible en el sitio oficial de la Dirección Nacional de Migraciones www.migraciones.gob.ar en y adjuntar constancia de PCR con resultado negativo -con un máximo de setenta y dos (72) horas de anticipación- y un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por covid-19".

Además, tendrán que acreditar ante la aerolínea o el Paso Fronterizo Internacional correspondiente “certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado, según corresponda, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino".

También habrá que presentar una nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida.

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Escuchá la nota de Buenos días, Aurora: