Mendoza, de de

Argentina Córdoba

No le pagaron un premio, los demandó y ganó el juicio por casi 3 millones de pesos

El abogado cordobés comenzó las acciones legales contra La Serenísima por no entregarle el premio que ganó en la campaña "Destapadísimo".

Sabado, 4 de Diciembre de 2021

Lisandro Caronni, un abogado oriundo de Córdoba, participó en 2013 de la campaña “Destapadísimo”, de La Serenísima, pero la compañía no le pagó el premio y decidió iniciarles una demanda que tras varios años ahora tuvo su pago.

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La empresa La Serenísima, de Danone Argentina S.A deberá pagarle 14 botellitas de Actimel, 7 postres Serenito, 16 botellitas de Danonino y 2,7 millones de pesos.

Caronni presentó la demanda, en 2013, bajo la acusación de infracción de la firma láctea a la Ley de Defensa del Consumidor.

El fallo del juez Sebastián Monjo Juzgado Civil, Comercial y de Familia de Villa María, falló a favor del letrado y la demanda presentada, alegando que Caronni en 2013 había sido beneficiado por la campaña “Destapadísimo”, en la que La Serenísima ofrecía descuentos en nuevos compras o productos gratis en el reverso de las tapas de sus envases, sin embargo, jamás se lo pagaron.



Hace 8 años, Caronni participó en esa promoción y resultó acreedor de varios beneficios y premios, pero durante todo un mes visitó distintos puntos de venta con centros de canje sin lograr acceder al beneficio que prometía la empresa láctea con su premio.

Fue por eso que el juez Monjo resaltó que la Ley de Defensa al Consumidor considera la “gravedad de los riesgos o de los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización”.

Además, señaló que para aplicar la pena contra la empresa “no basta un simple daño, sino que debe tratarse de un perjuicio que por su gravedad y trascendencia social exija una sanción ejemplar a fin de evitar una reiteración de la conducta dañosa”.

Siguiendo esa línea, es que el juez consideró que La Serenísimano sólo afectó a los consumidores quienes no obtuvieron su premio, sino también a las marcas de la competencia quienes vieron postergados la adquisición de sus productos por aquellos pertenecientes a la promoción”.

Y ordenó pagar al denunciante, en el plazo de tan solo diez días, los lácteos que debió haber obtenido a cambio de la promoción y junto a ello, el monto de $318.831,10 pesos, que con los intereses suma un total de 2,7 millones.

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