A través de la Disposición 28/2025, publicada en el Boletín Oficial se autorizó a LATAM a operar los nuevos servicios.
El Gobierno nacional dio un nuevo paso en la apertura y flexibilización del mercado aerocomercial, al autorizar, a través de la Disposición 28/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, a la compañía aérea LATAM a operar vuelos regulares internacionales de pasajeros y carga en la ruta Santiago de Chile - Brasil - Buenos Aires (Ezeiza), con retorno por el mismo itinerario.
Un pedido formal y un aval técnico
La compañía chilena había presentado formalmente su solicitud para cubrir la ruta combinada, que involucra tres de los principales polos de conectividad aérea de la región.
El expediente fue evaluado por la Dirección Nacional de Transporte Aéreo (DNTA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que dictaminó la idoneidad técnica y operativa de la aerolínea, confirmando que cumple con los requisitos legales establecidos tanto en la normativa argentina como en los convenios internacionales vigentes, según la Disposición firmada por el subsecretario de Transporte Aéreo, Hernán Adrián Gómez, .
El aval se apoya en los acuerdos bilaterales de servicios aéreos firmados entre la Argentina y Chile, así como en las actas de negociación celebradas en 1996 y 2002, que habilitan a compañías de ambos países a solicitar y explotar este tipo de servicios combinados.
Una señal de integración regional
La autorización es leída por el sector como un avance en la integración aerocomercial del Cono Sur, ya que no solo refuerza la conectividad directa entre Chile y Argentina, sino que incorpora a Brasil como escala estratégica.
Esto permitirá que pasajeros y carga cuenten con nuevas alternativas de conexión entre tres de las economías más dinámicas de Sudamérica, potenciando tanto el turismo como el comercio internacional.
"Resulta necesario dictar la norma administrativa que otorgue los servicios solicitados a favor de la compañía aérea de la República de Chile, de conformidad con lo convenido a nivel bilateral", señala la disposición oficial, en referencia a la necesidad de acompañar con regulaciones ágiles la dinámica del mercado aéreo.
Un cambio en la gestión de autorizaciones
La decisión se suma a otra medida reciente: la Resolución 567/2025 de la ANAC, que introdujo un nuevo esquema de tramitación simplificada para vuelos nacionales e internacionales.
Con este cambio, las aerolíneas ya no deben realizar extensos trámites de autorización previa para cada vuelo. En su lugar, basta con notificar electrónicamente a la autoridad aeronáutica, que contará con plazos acotados para responder. Si no lo hace, el vuelo quedará automáticamente habilitado.
Este nuevo sistema busca:
Reducir costos administrativos para las empresas.
Agilizar procesos dentro del Estado.
Brindar mayor previsibilidad y seguridad jurídica a los operadores.
En el caso de aerolíneas extranjeras, como LATAM, se mantiene la exigencia de presentar certificados de operación, aeronavegabilidad y seguros actualizados según la normativa argentina, junto con informes periódicos sobre eventuales cancelaciones o reprogramaciones.