El organismo nacional actualizó los montos en que las administradoras de esas plataformas tienen que detallar por ley.
AFIP actualizó este jueves los montos a partir de las cuales las administradoras deberán informar al organismo tributario sobre los movimientos que realizan sus clientes.
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A través de la Resolución General 5193/2022, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial, la AFIP fijó en 30.000 pesos el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.
Como parte de las modificaciones, la normativa establece que las billeteras virtuales deben informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores en ese período a 90.000 pesos.
Además, se establece un umbral de 200.000 pesos a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales.
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