El próximo lunes entra en vigencia la implementación de recetas electrónicas en Mendoza.
El próximo lunes 1 de julio entra en vigencia el plan de implementación de las recetas electrónicas y digitales, mediante el cual las recetas médicas, órdenes de estudios y prácticas médicas abandonarán el formato de papel. La nueva reglamentación de la Ley 27.553 será realizará de forma progresiva en Mendoza.
La Ley Nacional de Receta Electrónica que fue reglamentada a través del decreto número 345/2024, entrará en vigencia a partir de julio y se implementará de forma paulatina contemplando un plazo de adhesión, registración y adecuación de 180 días. La normativa incluye la creación del Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS) en el cual se inscribirán los sistemas de información y plataformas vinculados a la salud digital.
En el marco de la instancia de adecuación, se iniciará una etapa de adhesión de las provincias a la nueva modalidad de prescripción, mientras que las plataformas se inscribirán en el ReNaPDiS, adaptando sus sistemas con los requisitos estipulados.
Durante la etapa de transición, el Ministerio de Salud de la Nación comunicó que "las plataformas de recetas electrónicas que funcionan en la actualidad pueden continuar emitiendo recetas mientras se registran y readecuan y los profesionales que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel" y agregó: "Las personas que tengan recetas en papel podrán obtener sus medicamentos en una farmacia como hasta ahora mientras se realizan las implementaciones. Una vez que la totalidad de las plataformas estén inscriptas, la receta manuscrita permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema".
Mendoza había adherido en 2023 a la Ley Nacional que habilita la receta electrónica y establece que la prescripción de medicamentos puede ser en formato electrónico o digital.
En mayo, la provincia publicó el decreto N°445/2024 a través del cual se plantea la necesidad de adecuar la reglamentación en relación al registro, elaboración, almacenamiento, conservación, expendio y comercialización de estupefacientes y deja sin efecto el Decreto N°701/1972 que dictaba las normas sobre comercialización y expendio de estupefacientes en el territorio de la Provincia.