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El Gobierno buscará recuperar viviendas del IPV para construir más casas para los mendocinos

Con este proyecto se busca mejorar la gestión de la cartera de préstamos vigentes del IPV.

Martes, 30 de Julio de 2024

El Gobierno de Mendoza envió a la Legislatura un proyecto de ley para modificar y prorrogar la norma N° 9.378 de Regularización Dominial de Viviendas y Cancelación Anticipada. 

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Según queda establecido en la iniciativa, el cambio está destinado a los adjudicatarios del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) con créditos recibidos hasta noviembre de 2017 y propone un régimen de cancelación anticipada para quienes se adhieran y una extensión de esa normativa en su vigencia, hasta el 31 de marzo de 2026.

La gestión de la deuda cuyas cuotas no se ajustan por el marco jurídico que las rige, implica mayores costos que el recupero mismo, dado que el pago mensual va entre los $30 y $5.000. Ante esto, el proyecto sostiene que mantener esta cartera crediticia genera costos y gastos administrativos en la gestión que resulta más oneroso que lo que en definitiva se pretende cobrar. Cabe destacar que, si no se cancelan las deudas respectivas, continúa el proceso de desadjudicación de la vivienda.

Teniendo en cuenta este panorama, el Ejecutivo sostiene que “buscamos implementar una moratoria ante créditos que quedan desfasados en el tiempo; propiciar su escrituración como así también la regularización de aquellas viviendas que, por no contar con valor definitivo, no han podido avanzar en su escrituración y por tanto siguen figurando viviendas a nombre del IPV impidiendo el cobro del impuesto inmobiliario, entre otros aspectos”. Estas medidas redundan en la optimización de procesos y la eficiencia del gasto en la gestión administrativa provincial”.

El proyecto de ley, se busca implementar un régimen de Cancelación Anticipada para todos los beneficiarios que adhieran y siempre que se efectúe en un único pago y en moneda de curso legal.

Se tendrán en cuenta los siguientes casos:

a) Deuda mayor al 30%, descuentos que van entre el 40 y 60% según corresponda.
b) Deuda menor al 30%, quita de la misma abonando el 15% del SMVM.
c) Regularización de viviendas ante el problema de determinación del “Costo Definitivo de la Vivienda”, para luego escriturar abonando el 10% del SMVM.