La norma, que ya comenzó a regir, dispone sanciones para el padre, madre, tutor, guardador o responsable legal y deberán pagar más de un millón de pesos.
La Ley 9.682, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y respaldada por la Dirección General de Escuelas (DGE), establece un nuevo abordaje frente a los casos de bullying en Mendoza y atribuye responsabilidad a los padres o adultos responsables cuando no actúan ante situaciones de acoso escolar protagonizadas por sus hijos.
La norma, que ya comenzó a regir, dispone sanciones para el padre, madre, tutor, guardador o responsable legal que, tras ser formalmente notificado por la escuela, no cumpla con su deber de orientación, cuidado, vigilancia o diálogo, o no adopte medidas para evitar la repetición del acoso o reparar el daño causado.
Qué sanciones prevé la ley
Los fondos recaudados se destinarán al Fondo Provincial de la Ley 9.545, orientado a la prevención y asistencia de víctimas de acoso escolar en el ámbito de la DGE, y también a Bibliotecas Populares.
Desde el ámbito educativo aclararon que el espíritu de la ley no es recaudatorio. La primera instancia siempre será institucional y pedagógica.
Antes de cualquier sanción, la escuela deberá aplicar el Protocolo de Actuación en Casos de Bullying (Resolución DGE 5.679). Solo si esa instancia fracasa -por inasistencia de los adultos, incumplimiento de compromisos o falta de acuerdo- el establecimiento elevará un informe detallado al Juzgado Contravencional.
Para ello, la institución educativa deberá documentar todas las actuaciones previas, de modo que quede constancia de la falta de cooperación de los adultos responsables.
El acoso escolar es una situación recurrente en las escuelas mendocinas. En muchos casos, docentes y directivos advierten a las familias sobre conductas reiteradas, pero reciben como respuesta apatía, silencio o incluso actitudes agresivas. La nueva ley busca brindar a la comunidad educativa una herramienta legal adicional para intervenir en esos contextos.
De este modo, Mendoza tipifica por primera vez la responsabilidad por omisión de los adultos ante el bullying. La sanción no reemplaza la intervención educativa, que sigue siendo obligatoria, sino que se activa únicamente cuando no hay colaboración o fracasan las instancias previas.
La norma fue sancionada por la Legislatura el 19 de noviembre de 2025 y entra en vigencia en un contexto de creciente preocupación por el acoso entre pares, con escuelas atravesadas por conflictos y familias que muchas veces requieren acompañamiento institucional.