El Instituto Provincial de la Vivienda lanzó el programa Mi Escritura, para escriturar viviendas con valores reducidos vigentes desde diciembre de 2025.
Desde el 1 de diciembre de 2025 rigen en Mendoza nuevos valores para escriturar viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) a través del programa Mi Escritura, una política que busca facilitar el acceso al título de propiedad a miles de familias. El esquema contempla costos reducidos para distintos tipos de trámites, como viviendas canceladas, regularización dominial, cambio de titularidad y barrios priorizados.
La actualización fue posible a partir de un acuerdo entre el Instituto Provincial de la Vivienda y el Colegio Notarial de Mendoza, que fijó honorarios y gastos con valores muy por debajo de los costos habituales de una escritura en el mercado privado.
De acuerdo con la grilla vigente, el costo total para escriturar una vivienda del IPV asciende a $626.245. Ese monto surge de la suma de tres conceptos principales:
Honorarios notariales: $390.000
Corresponden al 50% del honorario notarial mínimo establecido para este tipo de operaciones.
Gastos notariales: $156.000
Representan el 20% del honorario notarial mínimo, e incluyen erogaciones administrativas y registrales asociadas al trámite.
Aportes mínimos: $80.245
Se trata de contribuciones obligatorias que forman parte del proceso de escrituración.
En conjunto, estos valores configuran un costo final que busca ser accesible para los adjudicatarios del IPV, en especial para aquellos que ya tienen su vivienda totalmente cancelada y necesitan avanzar con la formalización dominial.
Quienes viven desde hace años en una vivienda única, de ocupación permanente, que no posean otra propiedad (incluye a titulares originales, cónyuges, herederos o convivientes de al menos dos años antes de 2009).
Quienes hayan recibido una vivienda que esté registrada a nombre del IPV, como viviendas sociales o terrenos cedidos por ese organismo (puede estar cancelada, o con crédito vigente).
Quienes posean casas o terrenos gestionados por cooperativas, ONGs u otras entidades y que aún figuren como titulares registrales del inmueble.
El programa Mi Escritura no se limita únicamente a la escrituración inicial. También abarca otros casos frecuentes dentro del universo de viviendas sociales, entre ellos:
Escrituración de viviendas canceladas
Regularización dominial de inmuebles del IPV
Cambio de titularidad, por sucesiones u otras situaciones familiares
Escrituración en barrios priorizados
Este último punto es clave dentro de la política habitacional provincial, ya que busca acelerar el acceso al título de propiedad en zonas donde existen mayores niveles de vulnerabilidad o atraso registral.
En el caso específico de los barrios priorizados, el esquema de pago presenta una particularidad: el IPV paga inicialmente al escribano y luego recupera ese monto del particular, permitiendo que el trámite no se frene por cuestiones operativas o de tiempos administrativos.
Para el resto de los casos contemplados en el programa -como viviendas canceladas fuera de barrios priorizados o cambios de titularidad- el pago al notario lo realizan directamente los requirentes.
Por qué es importante escriturar
Contar con la escritura no solo acredita la titularidad del inmueble, sino que también habilita una serie de derechos: vender, heredar, hipotecar o realizar trámites legales sin restricciones.
En ese sentido, desde el IPV insisten en que la escrituración es el paso final y decisivo de la política habitacional.
¿Se escriturar si aún no se cancela la vivienda?
Sí, se puede, si están dadas las condiciones para hacerlo. En ese caso se efectúa una escritura con hipoteca a favor del IPV.
¿Es obligatorio escriturar si ya se terminó de pagar la casa?
Es obligatorio y muy recomendable. Si no la escrituras, legalmente sigue a nombre del IPV y se te puede intimar a hacerlo.
¿Qué documentación se necesita para comenzar el trámite?
En general la documentación que puede solicitarse es:
Certificado de titularidad
Certificado de cancelación
Planos aprobados
Documentos que acrediten cómo obtuviste la vivienda si no sos el titular origina
Aquellas personas que dispongan de la documentación podrán adjuntarla en el formulario de solicitud de escritura. En el caso de no poseerla, la Unidad Ejecutora del Programa la incorporará al analizar la solicitud.
¿Qué requisitos debe cumplir la vivienda para entrar en el programa?
Tiene que ser una vivienda de uso familiar, y estar enmarcada en los casos anteriores.
¿Tiene que ser el titular original o puede iniciar el trámite si se heredó o compró la vivienda?
Podés iniciarlo si sos el titular original, si vivís en la casa y podés demostrar cómo obtuviste la titularidad (por ejemplo, con escritura de cesión de derechos o declaratoria de herederos) o, cualquiera que acredite una ocupación pública, pacífica e ininterrumpida del inmueble.
¿Qué pasa si la titularidad de la vivienda figura a nombre de una cooperativa o entidad intermedia?
En ese caso se verifica que la entidad tenga capacidad jurídica para otorgar las escrituras. En ese caso se avanza sin inconvenientes. Si no la tuviera, se tramita con los requisitos que establece la Ley 8475 (Ley Pierri).
¿La vivienda debe tener plano aprobado para poder escriturar?
La vivienda debe tener un plano de mensura apto para poder escriturar.
¿El programa incluye viviendas rurales o solo urbanas?
El programa aplica a viviendas tanto urbanas como rurales, siempre que cumplan con los requisitos expresados anteriormente.
¿Se puede hacer el trámite de forma online?
Sí, es la única via habilitada para iniciar este trámite. Se realiza ingresando a web del IPV www.ipvmendoza.gov.ar, sección Mi Escritura. Allí se completa el formulario y se adjunta la documentación.
¿Qué es el certificado de cancelación? ¿Cómo se obtiene?
Es el comprobante que acredita que terminaste de pagar la casa o el crédito. Se solicita en el IPV de manera presencial, a través de su página web www.ipvmendoza.gov.ar o escribiendo al whatsapp 2613062234.
¿Dónde se puede consultar si la casa está incluida en el programa?
Podés consultar en la web del IPV, en la sección Mi Escritura el listado con los 76 barrios que se han priorizado para una primera etapa de implementación del Programa. También podés hacerlo de forma presencial en el IPV o en tu Municipio.
¿Qué se debe hacer si no se encuentran los papeles originales de la vivienda?
Es un requisito acreditar la tenencia u ocupación del inmueble.
¿Qué sucede si la vivienda tiene más de un heredero o hay conflicto familiar sobre la titularidad?
La escritura se realizará a quienes efectivamente se acrediten en la declaratoria de herederos. En el caso de conflicto debería mediar un acuerdo entre las partes.
¿Cuánto tiempo tarda el trámite desde que se inicia hasta que se obtiene la escritura?
Varía según cada caso, pero se estima entre 6 y 12 meses, dependiendo de la documentación y de la situación de cada vivienda.
¿El IPV ofrece financiación para cubrir los gastos de la escritura?
Los interesados podrán acceder a una financiación de 1,6,12 o 18 cuotas, Esta financiación se acuerda al momento de la firma de la escritura.
¿Qué pasa si no se puede pagar las cuotas de los gastos de escritura?
En ese caso el IPV reportará la situación a la Administración Tributaria de Mendoza (ATM) para que instrumente las acciones correspondientes para que se regularice esta situación.