El Ministerio de Hacienda reglamentó la Ley de Transparencia Fiscal a través de la ATM. Los comercios locales tienen un plazo límite para adaptar sus sistemas y discriminar Ingresos Brutos.
El Gobierno de Mendoza oficializó un cambio drástico en las transacciones comerciales cotidianas tras reglamentar la demorada Ley de Transparencia Fiscal. Mediante la Resolución 27/26 de la Administración Tributaria Mendoza (ATM), las autoridades dispusieron que, a partir del próximo 1 de octubre, todos los establecimientos comerciales de la provincia estarán obligados a discriminar los impuestos en los tickets.
La normativa civil y económica impactará de forma directa en los comprobantes fiscales tipo "B" emitidos a consumidores finales, quienes podrán visualizar con precisión el peso del Estado en cada compra.
El sector comercial y las pymes locales disponen de un plazo técnico de poco más de tres meses para reconfigurar y adaptar la totalidad de sus sistemas informáticos de facturación. Según el dictamen oficial de la cartera de Hacienda, los negocios deberán detallar obligatoriamente la alícuota equivalente y el monto exacto correspondiente al impuesto a los Ingresos Brutos en cada comprobante.
El nuevo esquema impositivo provincial estipula que en aquellas transacciones donde confluyan múltiples actividades comerciales, los prestadores deberán consignar la alícuota de menor valor.
Con este paso administrativo, Mendoza se transformó en la cuarta jurisdicción del país en poner en vigencia real el régimen de Transparencia Fiscal, ubicándose detrás de Entre Ríos, Chubut y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para evitar asfixiar a los pequeños contribuyentes del secano y los cascos urbanos, la normativa de la ATM contempla excepciones para el régimen simplificado. Por el momento, las autoridades provinciales decidieron no aplicar sanciones económicas directas a los comercios, priorizando una etapa de concientización y adaptación técnica obligatoria.