El mecanismo contemplado en la Ley de Modernización Laboral comenzará a regir el 1 de diciembre de 2026. Además, se duplicó de 6 a 12 meses el plazo de aportes exigido a las empresas.
El Gobierno nacional hizo oficial una prórroga para el inicio del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), estableciendo que la medida comenzará a regir formalmente el 1 de diciembre de 2026. En ese mismo esquema, se resolvió duplicar de 6 a 12 meses el período mínimo de aportes continuos requeridos a las empresas para acceder a los recursos destinados a cubrir obligaciones indemnizatorias.
La adecuación operativa se oficializó mediante la Resolución General 5915/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada este lunes 26 de octubre en el Boletín Oficial. La normativa adapta los sistemas contables y las declaraciones juradas del organismo recaudador al nuevo calendario fijado por el Poder Ejecutivo a través del Decreto 1228/2026.
Diseñado para respaldar financieramente el pago de desvinculaciones en el sector privado, el sistema fija contribuciones mensuales calculadas sobre la base imponible del SIPA. Las MiPyMEs con certificado vigente y entidades sin fines de lucro aportarán una alícuota del 2,5%, mientras que para el resto de las firmas privadas será del 1%, quedando exceptuado el sector público.
Junto a la postergación de la fecha de inicio, la norma extendió la carencia mínima a 12 meses de aportes continuos y efectivos. El cómputo se iniciará cuando el organismo fiscal registre el primer depósito patronal y requerirá completar doce períodos para habilitar la cobertura de rescates indemnizatorios.
Desde el Ejecutivo explicaron que la prórroga busca consolidar un nivel de capitalización suficiente en cada cuenta individual antes de autorizar pagos.
Asimismo, la medida atiende a un reclamo formal planteado por agentes bursátiles, fideicomisos y fondos comunes de inversión, quienes solicitaron un margen de tiempo adicional para concretar los testeos operativos y tecnológicos de la plataforma.