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Argentina TELEFONÍA CELULAR

Eliminarán el cobro de roaming entre Argentina y Chile

La ENACOM oficializó la eliminación del cobro de roaming entre la Argentina y Chile, por lo que el uso de telefonía móvil, incluyendo servicios de voz, mensajería y datos móviles se cobrará al precio local.

Lunes, 31 de Agosto de 2020
El Ente Nacional de Comunicaciones oficializó la eliminación del cobro de roaming entre la Argentina y Chile, por lo que el uso de telefonía móvil, incluyendo servicios de voz, mensajería y datos móviles, al cruzar las fronteras de ambos países se facturará al precio local.

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Lo hizo a través de la Resolución 927/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que estableció el Régimen de Roaming Internacional entre Argentina y Chile.

El presidente Alberto Fernández mantuvo el sábado último una videollamada con su par de Chile, Sebastián Piñera, en la que celebraron la eliminación del cobro de roaming entre ambos países.

“Esto sí que es como integrar territorio definitivamente porque un argentino que habla en Chile es lo mismo que un chileno que habla en Argentina y eso me pone muy contento”, señaló el jefe de Estado a su par chileno.

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Por su parte, Piñera remarcó la medida como "una gran noticia para los argentinos y chilenos”, y consideró que “en el fondo estaremos separados por la cordillera pero unidos por la tecnología”.

Enacom precisó que la identificación se realizará, como hasta hoy, a través de la tarjeta SIM, y, así, el usuario podrá conectarse con un operador de otra red abonando el precio de su país, es decir que el costo de las llamadas y consumo de datos no insumirá cargos extras.

Según lo estipulado, esta normativa define un lapso para la utilización de dicho beneficio, que es de 90 días corridos o de 120 días discontinuos en el mismo año.

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Por otro lado, los operadores que brinden el servicio a los usuarios cuando se encuentren en el país vecino deberán asegurar la misma calidad de servicio y cobertura que a sus usuarios nacionales.

Esta medida tiene su origen en el Acuerdo de Libre Comercio (ACL) suscripto entre Argentina y Chile, que fue incorporado mediante La ley 27.497.