La Dirección de Parques y paseos públicos limita el tipo de actividades nocturnas, el volumen y el horario de finalización de los eventos.
La Dirección de Parques y Paseos Públicos planteó “la necesidad de regular las actividades comerciales que se realizan en el interior de los clubes” dentro del Parque San Martín, a través de una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial.
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Allí limitan el tipo de actividades nocturnas, el volumen y el horario de finalización de los eventos.
“Algunas actividades propuestas por las entidades sociales y deportivas con asiento en el Parque no condicen con lo dispuesto por la Ley Nº 6394/96, pudiendo ocasionar algún tipo de daño al ambiente del sistema”, comienza la resolución N°77 del Boletín Oficial que señala la actividad de cantinas, comedores, bares y restaurantes.
En detalle, citan la Ordenanza Municipal 3263/1995 que “establece niveles máximos sonoros de acuerdo a distintas actividades”.
Por ello, la Dirección de Parques autoriza “solo actividades y/o eventos que permitan fomentar el desarrollo social del club y que deriven de su propia función, los que deberán ser respetuosos del ambiente, teniendo en cuenta el ámbito en que se encuentran”, tal como lo es un Parque Histórico, y que además no se contrapongan con lo dispuesto por la Ley Nº 6394/96?.
Estos eventos serán solamente de tipo “gastronómico permanente (cantinas, comedores, restaurantes y bares), fiestas sociales con difusión musical y/o números en vivo (casamientos, cumpleaños, aniversarios, otros) y/o ferias”.
A su vez, instan a que aquellos eventos que sean al aire libre, en el interior del predio del club, “el nivel de emisiones sonoras no podrá superar en ningún caso los 70 dB (A) en el exterior del predio del club”. las fiestas que se desarrollen en el interior de los salones, “el nivel de sonido, ruido y/o vibraciones, deberá ser contenido y absorbido, no pudiendo
“En ningún momento el sonido podrá tener la misma trascendencia de intensidad hacia el exterior del predio del club, no pudiendo exceder los 70 dB(A)”, agregan.
Uno de los puntos pareciera dirigido puntualmente a uno de los restaurantes que funciona dentro del parque, que todos los jueves y viernes realizan Sunsets y fiestas masivas que cada semana convoca a locales y turistas: “Prohíbase la utilización de los espacios abiertos, salones, galerías, comedores, bares, cantinas, restaurantes, o cualquier otro espacio ubicado dentro del predio de los clubes como discotecas”.
A su vez, limitaron el horario para las “actividades o eventos abiertos al público”, que no podrán extenderse más allá de las 2.
Las habilitaciones, control y fiscalización del cumplimiento de esta resolución estará a cargo de la Municipalidad de la ciudad de Mendoza.