El trámite de recategorización es sencillo y puede realizarse de forma digital, facilitando el acceso a los contribuyentes desde cualquier lugar.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado un nuevo período para la recategorización del Monotributo, un trámite obligatorio para un gran número de contribuyentes y que se extenderá hasta el próximo 5 de agosto. Este proceso, que se actualiza en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y una nueva tabla de valores, es crucial para que los monotributistas ajusten su categoría fiscal a su nivel de ingresos y actividades recientes, evitando así posibles sanciones y asegurando el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
El trámite de recategorización es sencillo y puede realizarse de forma digital, facilitando el acceso a los contribuyentes desde cualquier lugar. Los interesados tienen dos opciones principales para llevar a cabo el proceso: a través del sitio web oficial de la AFIP, utilizando su clave fiscal, o mediante la aplicación móvil ARCA Móvil, que ofrece una interfaz intuitiva para dispositivos móviles. Esta accesibilidad es fundamental para que todos los monotributistas puedan cumplir con la obligación de manera ágil y eficiente.
No todos los monotributistas están obligados a realizar esta recategorización. Quienes deben hacerlo son aquellos que cuentan con 12 meses de actividad dentro del régimen y que, además, emiten facturas electrónicas desde puntos de venta autorizados. Por el contrario, quedan exentos de este trámite quienes mantengan los mismos parámetros que en el período anterior, así como aquellos que se hayan inscripto en el régimen hace menos de seis meses. Es vital que cada contribuyente verifique su situación particular para saber si le corresponde o no realizar la recategorización.
Una vez completada la recategorización, la nueva cuota mensual entrará en vigencia a partir del 20 de agosto. Los monotributistas contarán con diversas opciones para realizar el pago, incluyendo el Volante Electrónico de Pago (VEP), Homebanking, débito automático, tarjetas de crédito, cajeros automáticos y plataformas como Mercado Pago. Adicionalmente, se ha habilitado un plan de pagos desde el 1 de julio hasta el 30 de diciembre de 2025, para regularizar deudas acumuladas hasta el 30 de abril de 2025, con una cuota mínima de $2.000 y un pago inicial obligatorio del 20% del total adeudado.