La medida busca evitar saturar los servicios de rescate y asistencia médica durante el período de mayor afluencia.
La Dirección de Áreas Protegidas del Ministerio de Energía y Ambiente de Mendoza dispuso la prohibición de actividades deportivas consideradas de alto riesgo dentro del Parque Provincial Aconcagua entre el 20 de diciembre y el 1 de febrero. La restricción coincide con la ventana de mayor afluencia de visitantes de la temporada.
La medida comprende la prohibición del ascenso por la emblemática Pared Sur del Coloso de América, el esquí en glaciares, el parapente, el salto BASE y cualquier otra práctica extrema que supere los riesgos propios del senderismo y el andinismo tradicional.
Según explicó el director de Áreas Protegidas, Iván Funes Pinter, estas disciplinas solo podrán recibir autorizaciones excepcionales en dos ventanas: del 1 de noviembre al 20 de diciembre y del 1 de febrero al 30 de abril. Cada solicitud deberá gestionarse con al menos 30 días hábiles de anticipación.
El objetivo central de la medida es evitar la sobrecarga de los equipos de guardaparques, médicos y Patrulla de Rescate, cuyos recursos terrestres y aéreos resultan indispensables durante las semanas de mayor tránsito de andinistas en la montaña.
Quienes obtengan el permiso para operar fuera del período de prohibición deberán cumplir estrictamente con las rutas y cronogramas informados. En caso de no respetar la normativa, la autoridad de aplicación podrá suspender la actividad, inhabilitar a los responsables y aplicar sanciones bajo la Ley Provincial 6045 de Áreas Naturales Protegidas.