Un trabajador del Consorcio Industrial de Alimentos recibió una transferencia millonaria de su empresa.
Un hombre que se desempeñaba en el Consorcio Industrial de Alimentos de Chile vivió una situación que parece salida de una ficción. Al revisar su cuenta bancaria para cobrar su salario, descubrió que la empresa le había transferido por error el equivalente a 330 veces su sueldo. El monto total ascendía a 165 millones de pesos chilenos, lo que representa unos 180 mil dólares estadounidenses. El hallazgo dio inicio a un conflicto legal que se extendió por más de tres años y que captó la atención de toda la región.
Al detectar el grosero desacierto administrativo, la firma se comunicó de inmediato con el empleado para solicitar la devolución del dinero. Si bien en una primera instancia el trabajador manifestó su intención de restituir los fondos, a los tres días cambió drásticamente de parecer: presentó su renuncia formal y desapareció con la suma millonaria. Ante esta respuesta, la compañía decidió iniciar una denuncia penal por robo, argumentando que el sujeto se estaba apropiando de un capital que no le pertenecía.
Durante el proceso judicial, la defensa del ahora ex empleado sostuvo con firmeza que no existió ningún tipo de delito. El argumento principal fue que el dinero no se obtuvo mediante engaños, fraudes ni manipulaciones del sistema bancario. Por el contrario, la transferencia fue realizada de manera voluntaria, aunque errónea, por la propia empresa, sin que mediara ninguna intervención o maniobra maliciosa por parte del receptor.
El caso llegó a su fin en septiembre de 2025, cuando el Tribunal de Santiago de Chile resolvió desestimar la denuncia penal de la empresa. Los magistrados basaron su fallo en que el hecho no configuró el delito de robo, sino una "apropiación no autorizada". Según explicaron en el fallo, esta figura técnica no se encuentra tipificada como delito penado por la actual legislación chilena, lo que dejó al trabajador libre de cargos criminales.
Esta resolución judicial sentó un precedente polémico sobre la responsabilidad de las empresas en sus procesos administrativos y los límites de la ley penal frente a errores bancarios voluntarios. A pesar de los esfuerzos de los abogados del consorcio por recuperar el patrimonio, la justicia priorizó la inexistencia de un dolo previo o una estafa activa. El hombre, que se mantuvo en silencio durante todo el proceso, resultó finalmente beneficiado por el vacío legal.
La historia del "empleado millonario" termina así con una victoria en los tribunales para el trabajador y una dura lección económica para la industria de alimentos trasandina. El caso deja en evidencia la necesidad de modernizar los marcos normativos ante situaciones de transferencias masivas accidentales. Mientras tanto, el fallo definitivo permite que el ex empleado conserve la suma percibida sin enfrentar consecuencias en el ámbito de la justicia penal.