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Emergencia Agropecuaria en Mendoza: el Gobierno oficializó beneficios para productores afectados

La medida otorga alivio fiscal y financiero a fincas de las cuatro regiones productivas.

Martes, 3 de Febrero de 2026

El Gobierno de Mendoza oficializó este martes la declaración del Estado de Emergencia y Desastre Agropecuario para diversos distritos de la provincia. La medida, plasmada en el Decreto 125, surge como respuesta directa a los severos daños provocados por las heladas tardías y las tormentas de granizo durante el actual ciclo agrícola. Basándose en informes de la Dirección de Contingencias Climáticas y denuncias de los damnificados, el Ejecutivo busca brindar un marco de protección a los productores que sufrieron pérdidas críticas en sus cultivos.

Alcance regional y beneficios para el sector productivo

La normativa establece una distinción técnica fundamental según el nivel de afectación detectado en las fincas. Se considera Estado de Emergencia Agropecuaria cuando las pérdidas se sitúan entre el 50% y el 79% de la producción, mientras que se declara el Estado de Desastre para aquellos casos donde el daño es igual o superior al 80%. En ambos escenarios, los productores podrán acceder a eximiciones de impuestos provinciales, descuentos en cánones de riego y energía, y la suspensión de procesos administrativos por deudas, siempre que cuenten con su certificado oficial de daños.

La declaración de Emergencia abarca zonas estratégicas en las cuatro regiones de Mendoza. En el Centro, incluye distritos de San Carlos, Tunuyán y Tupungato; en el Este, alcanza a Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín y Santa Rosa; hacia el Norte, afecta a Las Heras, Lavalle, Luján y Maipú; mientras que en el Sur comprende a San Rafael y General Alvear. Por su parte, el Estado de Desastre se concentró en parajes puntuales donde el clima fue más feroz, como Barrancas en Maipú, Costa de Araujo en Lavalle y distritos clave de la zona Este y el Sur provincial.

Un punto relevante del decreto es el extenso plazo de vigencia del régimen, diseñado para dar previsibilidad en un contexto de alta inestabilidad. Para los daños derivados de heladas, el periodo de cobertura se extiende desde diciembre de 2025 hasta marzo de 2027. En tanto, para los perjuicios ocasionados por el granizo, el beneficio rige desde enero de 2026 hasta la misma fecha de cierre del año próximo. Esto permite que el alivio financiero acompañe al productor durante todo el proceso de recuperación de sus plantaciones.

Desde el Ministerio de Producción remarcaron que el objetivo primordial es sostener la continuidad de las explotaciones y evitar el abandono de fincas. Las herramientas de asistencia financiera previstas en la Ley 9083 serán fundamentales para que los productores puedan encarar las labores de la próxima temporada, aliviando la carga económica que representan los costos fijos de riego y energía eléctrica ante la falta de ingresos por la pérdida de cosecha.

Con esta decisión administrativa, Mendoza activa los mecanismos de coordinación con la Ley Nacional de Emergencia Agropecuaria para buscar, además, asistencia de fondos provenientes del Gobierno Nacional. Los productores interesados en obtener el certificado de daños deberán dirigirse a las delegaciones de la Dirección de Contingencias Climáticas para iniciar las verificaciones en territorio, paso indispensable para formalizar su ingreso al régimen de beneficios fiscales y financieros.